EPS SURA PREGUNTAS FRECUENTES


¿Qué es un accidente de trabajo?
Es todo suceso repentino, que sobrevenga por causa y con ocasión del trabajo, y que produzca  en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera de las horas y lugar de trabajo.
  • ¿Si el trabajador muere a quién se le entrega la historia ocupacional?
    La copia de la historia clínica ocupacional  será entregada únicamente a su conyugue, compañera permanente o hijos  y causahabientes, así como aquellas personas  autorizadas por ley. (Resolución 1918 del 2209)
  • ¿Quién custodia la historia clínica ocupacional del trabajador?
    La custodia  de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional estará a cargo del prestador de servicios de salud ocupacional que generó el curso de la atención o por el médico especialista  en medicina del trabajo o salud ocupacional  que formen parte  del servicio  medico de la empresa. (Resolución 1918 del 2209).
  • ¿A quién le corresponde la contratación y costo de las evaluaciones medicas ocupacionales?
    Es responsabilidad del empleador  contratar y pagar   las evaluaciones médicas  ocupacionales  y las valoraciones complementarias. (Resolución 1918 del 2209)
  • ¿Qué sucede cuando un paciente tiene pérdida de capacidad laboral menor al 50%?
    El paciente debe reiniciar sus labores con las recomendaciones funcionales que el médico especialista envía a la empresa.
  • ¿Qué es una incapacidad permanente parcial?
    Se considera con incapacidad permanente  parcial el estado de inhabilidad física o mental de un individuo,  que presente una pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 5% e inferior al 50%, por causa de cualquier origen (Decreto 917/99).
  • ¿Qué es una invalidez?
    Se considera con invalidez la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente, hubiese perdido el 50% o más de su capacidad laboral (Decreto 917/99).
  • ¿Qué pasa cuando el trabajador supera 180 días de incapacidad?
    La EPS envía al paciente al fondo de pensiones 30 días antes del día 180, con el fin de que evalúen si el paciente tiene posibilidad de recuperación para prorrogar la  incapacidad o si se define evaluación para pensión de invalidez.
  • ¿Qué es una pérdida de capacidad laboral y quién califica?
    Es la pérdida  de las habilidades, destrezas, aptitudes y/o potencialidades de orden físico, mental y social, que no le  permite al individuo desempeñarse en su trabajo habitual.

    La Evaluación de  pérdida de capacidad laboral la realiza la administradora de riesgos profesionales para patologías de origen profesional y para origen común el fondo de pensiones.
  • ¿Qué es una enfermedad profesional?
    Se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
  • ¿La empresa debe enviar el Formato Único de Reporte de Accidentes de Trabajo (FURAT) a la EPS?
    La empresa debe enviar el formato de presunto accidente de trabajo a la EPS, con el fin de poder realizar los cobros correspondientes a la ARP y para tener identificados los pacientes con orígenes diferentes a origen común.

    Se debe enviar el FURAT a la línea del prestador, fax (4) 230-70-74